Derecho Penal y otras consideraciones legales

Mtra. Odalis Tibisay Parra Izarra
Dr. Félix Antonio Ángeles Sánchez
Universidad de los Andes – Venezuela


 

De acuerdo a Jiménez de Asúa (1981), “el Derecho penal de hoy es un Derecho público, normativo, valorativo y finalista que tiene la norma y el bien jurídico como polos de su eje y cuya naturaleza es eminentemente sancionadora” (…) “y posee dos elementos fundamentales: el delito y la pena”, continua diciendo: “El Derecho vive y se aplica y aunque el Derecho penal se halle limitado por la Ley, que es la única que lo crea, es Derecho cuanto en el marco de esa Ley se rige, y se actúa por la voluntad y la inteligencia de los jueces.” (pp. 18, 19 y 25)

Así bien el Derecho Penal presta atención exclusivamente a aquellos comportamientos concretos, tipificados como delitos, en tanto que “el método que utiliza para alcanzar su objeto de estudio es el teleológico ya que se vale del análisis, la síntesis, la deducción y hasta la inducción cuando es preciso” (Jiménez de Asúa, p. 26), mientras que la Criminología posee un concepto de comportamiento delictivo distinto al concepto jurídico de delito. Además, como señala, Jiménez de Asúa, el Derecho es público en cuanto a que es ejercido por un tercero que es el Estado, por el contrario a la Criminología que no juzga ni sanciona el comportamiento antijurídico, aunque su perspectiva sea mucho más amplia.
 

Derecho Penal y otras consideraciones legales

Derecho Penal y otras consideraciones legales

 

El hecho delictivo sólo puede ser comprendido en el individuo si se le relaciona con otros factores y comportamientos previos del mismo individuo, de su contexto (que no necesariamente tienen que ser delictivos), la reacción y control social. La carrera delictiva, además de la estructura social en el que esta se produce, comporta una visión dinámica y longitudinal del comportamiento humano, una concatenación de comportamientos y refleja la idea que muchos delincuentes han experimentado un proceso de inicio y ascenso en sus actividades delictivas a lo largo de los años.

Con respecto a lo mencionado, Garrido, Stangeland y Redondo (2001) señalan:

Muchas de estas conductas delictivas son detectadas en un único momento entonces se ocupan de ellas el Derecho penal y la justicia. Sin embargo, un análisis más profundo muestra que con frecuencia los comportamientos mencionados fueron repetidos muchas veces con anterioridad a su detección legal e incluso constituyeron sólidos hábitos previos de conducta durante años. Todos estos comportamientos hábitos son objeto de estudio de la Criminología, con elementos necesarios para comprender, explicar y predecir la delincuencia. (p. 50-51).

Hay instituciones de control social formal que en sus equipos multidisciplinarios cuentan con profesionales como psicólogos y psiquiatras, quienes realizan evaluaciones a las personas que ameritan dicha valoración para descartar patologías, debido a que esto pudiera implicar inimputabilidad penal o imputabilidad disminuida para el individuo (Verde, 2006).

Finalmente cabe destacar que la Criminología posee una entidad propia que la define, al igual que la poseen otras especialidades de las ciencias sociales, y de hecho ninguna otra ciencia social o jurídica tiene en su mira la intersección entre conductas delictivas y las reacciones sociales frente a tales conductas, a pesar de los distintos enfoques que pudiera darle esta ciencia a dichos elementos…«Ver Artículo Completo»

 


La entrada de este Blog ” Derecho Penal y otras consideraciones legales ” es un extracto del artículo:
FUENTE 

Autores: Mtra. Odalis Tibisay Parra Izarra y Dr. Félix Antonio Ángeles Sánchez – Universidad de los Andes – Venezuela
Título: Implicaciones criminológicas de los casos legales recibidos en una unidad de Psiquiatría: Resultados preliminares / Legal cases received in a Psychiatric unit and it’s criminological implications: Preliminary results (pp. 127-144)
Revista: Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística. Año 1, vol. II enero-julio 2014

04/05/2022

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