¿Qué es la corrupción?

Dra. Idalia Patricia Espinosa Leal
Universidad de Hankuk para Estudios Extranjeros
Corea del Sur


 

Es la pregunta que todos nos hacemos al momento de incursionar en el tema, esta figura es todo un fenómeno multidimensional; existen muchas definiciones pero, no hay un concepto unánime para su descripción (Del Castillo, 2003).

Para entenderla en principio se puede partir de un enfoque moralista describiéndola como un mal que altera todos los principios de una vida correcta, una práctica que viola los lineamientos previamente establecidos para vivir de forma ordenada y honesta, este mal es generalizado; lo observamos en todas las actividades del ser humano, por ejemplo: En el gobierno, instituciones financieras, escuelas, trabajo, hogar, grupos religiosos, en cualquier tipo de asociaciones, etcétera, en todas las razas, naciones y géneros, es un mal milenario y del comportamiento derivado de la voluntad y libertad de elección, es dañino para cualquier sociedad (Cárdenas y Mijangos, 2005).

La corrupción tiene mucho qué ver con los valores, en cuanto al comportamiento y grado de conciencia democrática de los miembros de una sociedad, tanto de los gobernantes como de los gobernados, es un problema de conducta. La corrupción infecta a la sociedad que la práctica, como un cáncer mortal, porque su industria debilita la integridad pública de un país, socava los ideales de solidaridad e igualdad; realizar comercio internacional con gobiernos inmorales, corporaciones políticas, burocracias públicas y funcionarios sin escrúpulos son un límite al crecimiento de una nación, así lo dejan ver las conclusiones a las que se han llegado en las conferencias internacionales anticorrupción que se han llevado a cabo en todo el mundo desde 1987 (Caiden, 2001).

Es muy sencillo pensar conducirse con valores morales, éticos y jurídicos orientarán a combatir las causas y consecuencias de la corrupción, pero ¿Cómo evitar las prácticas corruptas? Si en algunos momentos de la vida podría parecer que practicarla pudiera ser una buena opción para solucionar algún problema y así salir adelante en una adversidad. Es por eso que Laporta y Álvarez (1997) señalan que:

La causa inevitable y en último término irreductible de la corrupción, es la conducta deshonesta del actor público. En último término la corrupción se da única y exclusivamente porque un individuo, sea cual sea su mundo entorno, toma la decisión de realizar una acción determinada, la acción corrupta. Y esa es precisamente la razón por la que siempre existirá la corrupción: no hay ningún sistema de control posible ni ningún antídoto tan eficaz como para impedir totalmente una opción individual de este tipo. En todo caso ese sistema o ese antídoto tendrán mucha más fuerza si son internos al individuo (educación, convicciones, etcétera) que si son meramente externos”. (p.28)

 

¿Qué es la corrupción?

¿Qué es la corrupción?

 

Desde este enfoque se podrían hacer dos planteamientos opuestos, en primera instancia y partiendo de la idea de un país, donde prevalece la democracia y el respeto a las garantías individuales, que el nivel de moralidad y ética de las personas involucradas en un acto de corrupción, afecta directa e inversamente el nivel de corrupción. En la medida en que una o más de las partes se enfrente a dilemas de tipo ético al momento de realizar un acto corrupto, las posibilidades de realización de ese acto disminuyen, tomando en cuenta que son de suma importancia el rol que juega la educación y cultura en la lucha contra la corrupción. Por otra parte, si al nivel de beneficio neto que se espera obtener, se le restan los posibles costos de ser descubiertos, y el resultado de dicho cálculo es elevado, la cristalización del acto de corrupción tendrá una mayor oportunidad de realizarse.

Pero, en segunda instancia, se puede hacer otro planteamiento totalmente distinto, partiendo del supuesto donde el sistema por definición es opresor de las libertades del individuo, y donde la corrupción es la única forma de hacer posible un cierto nivel de libertad, en estos casos: ¿Cómo debe ser contemplada moralmente a la corrupción? ¿Buena o mala? Tal vez y muy seguramente que en estos casos sea necesaria, en base a esto Garzón Valdés (Laporta y Álvarez, 1997) señala que: “Si bien es cierto que todo acto o actividad corrupto(a) es disfuncional y antisistémico(a), también lo es que no todo sistema normativo relevante promueve el bien común”. (p.54). Por lo tanto, no se debe generalizar la afirmación de que todo acto de corrupción es dañino, todo depende del contexto del sistema jurídico en que se practique.

La corrupción tiene que ver no solo con las conductas desviadas de las normas escritas, sino también con las que se desvían de las normas o patrones de conducta social. Es decir, la conducta puede transgredir la ley, normas jurídicas o normas de convivencia. A esas normas o patrones sobre las que recaen las desviaciones de la conducta Garzón Valdéz (Laporta y Álvarez, 1997), les llama “sistema normativo relevante”; es decir, el conjunto de normas o reglas de cualquier índole, social, jurídico, político, religioso, deportivo, económico, administrativo, moral, etcétera. Que sirve de referencia, y de este modo se puede hablar de corrupción moral, corrupción jurídica, corrupción política, etcétera (p.42). De esto de destaca que es un requisito sine qua non la presencia de un sistema normativo relevante para la comisión de actos de corrupción.

Además del mencionado sistema normativo relevante también es indispensable la presencia de otros elementos, por ejemplo, la de una persona que se ostente con poder de decisión, es decir, un decisor; el cual es responsable del cumplimiento de determinados deberes u obligaciones. También implica la violación de alguna obligación por parte de un decisor, lo que genera una actitud de deslealtad, en este sentido Stephen D. Morris (1992), establece como núcleo de la corrupción la deslealtad o traición a las reglas del Estado…«Ver Artículo Completo»
 


” ¿Qué es la corrupción? ” – Extracto de:

FUENTE

Autor: Dra. Idalia Patricia Espinosa Leal (Universidad de Hankuk para Estudios Extranjeros)
Título: Corrupción pública/Public corruption (pp. 62-71)
Revista: Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística. Año 2, vol. IV enero-julio 2015

27/11/2022

Antes de irte... ¡No te olvides de dejarnos tu correo!

 

Cada mes tenemos cursos con ofertas especiales, por tiempo limitado, solo para nuestros usuarios registrados

Responsable de los datos: Marta Pellón Pérez
Finalidad de los datos: Enviarte información y ofertas de nuestros cursos
Almacenamiento de los datos: Base de datos alojada en Mailrelay

Legitimación: Tu consentimiento
Derechos: En cualquier momento podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación o suprimir tus datos enviando un email a info@estudiocriminal.eu. Encontrarás más información en nuestra Política de Privacidad